Sociedad laboral, ventajas
Una de las formas jurídicas más desconocidas, y por ello menos utilizada, es la sociedad laboral. La nueva ley de Sociedades Laborales y Participadas ha cambiado notablemente, a lo que hay que unir una serie de ayudas muy importantes por parte de Comunidades Autónomas para su implantación.
¿En que consiste una sociedad laboral?
Parte de una sociedad anónima o limitada cuya mayoría del capital social, al menos el 50,1%, está en manos de socios trabajadores que prestan en ella sus servicios retribuidos, con una relación laboral indefinida.
Se puede constituir con dos socios durante los primeros 36 meses de actividad, teniendo que ser ambos trabajadores siendo su participación en el capital social equitativa. Aunque, pasado ese tiempo, la sociedad deberá tener al menos tres socios, dos de los cuales seguirán siendo trabajadores, sin que ninguno tenga más del 33,3% del capital.
¿Qué valores aporta una sociedad laboral?
Este tipo de sociedades aúna el riesgo empresarial, con la participación de los trabajadores, lo que mejora la calidad de la gestión y reduce las malas praxis del oportunismo empresarial e inversor. También incrementa el incentivo a la contratación laboral indefinida elevando el grado de compromiso.
Así mismo, son entidades socialmente responsables, cuidando la igualdad de género entre sus trabajadores/as y defendiendo los derechos laborales con mayor conocimiento de causa.
Sociedad laboral, sus ventajas
- En materia laboral:
Todos los socios cotizan en el régimen General de la Seguridad Social, suponiendo una mejora sobre el régimen de sociedad anónima o limitada para sus administradores.
Por ello, si se opta por el Régimen de Autónomos, se aplica la tarifa plana de trabajadores por cuenta ajena los primeros 6 meses, ampliables a 18 meses en Madrid y tendrán la posibilidad de bonificarse hasta 24 meses dependiendo de la edad de los emprendedores.
Durante tres años, además, tendrán bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social por una cuantía de 1.650€ el primer año, 800€ los dos restantes si se incorporan trabajadores desempleados como socios, si son menores de 30 años o 35 con discapacidad superior a 35 años.
- En el apartado fiscal:
Se exime del pago de impuestos tales como transmisiones patrimoniales, actos jurídicos documentados sobre el capital inicial o cualquier ampliación de capital. Permitiendo la libertad de amortización de inmovilizado material o inmaterial durante los primeros 5 años de vida.
- Ayudas:
Tramitadas a través de ASALMA en Madrid, hacen muy rentable su tramitación ofreciendo varias cuantías:
- ayuda fija de 5.500€ por socio, que aumenta hasta 7.000€ si se trata de mujeres desempleadas, 8.000€ si son personas en riesgo de exclusión social y 8.500€ si son discapacitados.
- subvención para la compra de activo fijo, nuevo o usado, de hasta 18.000€ (excluido el IVA y otros impuestos).
- Ayuntamiento de Madrid: 5.000€ por socio y bonificación de intereses en préstamos, con un máximo de 1.000€.
Ejemplo práctico
En consecuencia, supongamos una sociedad radicada en Madrid formada por dos hombres y una mujer
Cada uno capitaliza su desempleo, 12.000€; deciden comprar una furgoneta, 10.000€; crean una web,3.000€ y alquilan de 15.000€.
En la Comunidad de Madrid:
- Aportaciones de los socios
- los dos hombres: 2 x 5,500€ = 11.000
- la mujer: 7.000€
-
Inversión
- 50% del total: 14.000€
El total asciende a 32.000€
En el Ayuntamiento de Madrid:
-
Aportaciones socios:
- Supone 5.000€ x 3= 15.000€
La suma de ambas supone un total de 47.000€
Debido a ello, una buena opción son las sociedades laborales en Madrid, tanto por las ventajas mercantiles como por las ayudas que benefician a desempleados, mujeres y discapacitados.