Medidas económicas frente al coronavirus

El Gobierno español ha anunciado un paquete de medidas económicas con carácter excepcional para afrontar la crisis del coronavirus. La finalidad de las mismas busca paliar los perjudiciales efectos que tendrá esta pandemia en nuestra sociedad.
Tras la complicada situación que nos dejará esta alarma sanitaria, Pedro Sánchez anunció que movilizará 200.000 millones de euros, prácticamente el 20% de nuestro PIB. Dicha cantidad procederá en parte de fondos públicos, 117.000 millones y el resto de fondos privados.
Tres han sido los campos en los que se han incidido, en un extenso Real Decreto que hace referencia a medidas enfocadas a mantener en gran medida el tejido productivo. De igual modo, establece medidas de carácter social buscando proteger a los colectivos más desfavorecidos. Por lo tanto, estas medidas económicas excepcionales se enfocarán en el ámbito laboral, social, de consumo y sanitario.
Debido a la importancia de todas ellas, en este caso nos enfocaremos en las que afectan directamente al ámbito laboral
Medidas económicas referentes a las empresas
Estas medidas económicas se engloban en dos campos diferentes, las que afectan a las empresas propiamente dichas y las que afectan a los trabajadores.
Se agilizará el proceso de aprobación de los ERTEs. Al mismo tiempo, las empresas que recurran a ellos y una vez transcurrida esta alarma sanitaria no realicen despidos, podrán optar a ayudas. Igualmente, los trabajadores afectados tendrán garantizada la prestación por desempleo aún no teniendo derecho a ella. Por ello, será en Estado quien pague estas prestaciones mientra dure la crisis del coronavirus.
El Estado pondrá a disposición de las empresas avales por valor de 100.000 millones de euros para dotar al tejido empresarial de solvencia económica debida a la caída de su actividad. Así mismo, blindará a las empresas del IBEX ante oportunistas inversores de fuera de la UE.
En la misma línea, las empresas insolventes estarán eximidas de la obligación de declararse en concurso de acreedores mientras dure el estado de alarma. Para que sea admitido por los jueces han transcurrir dos meses tras finalizar el estado de alarma. Esta situación afectará a las solicitudes de concurso necesario que se hubieran presentado durante la alerta y en los dos meses posteriores a su cierre.
Medidas referentes a los trabajadores
El paro cobrado durante esta situación no se restará del acumulado en la prestación por desempleo. Del mismo modo, los trabajadores fijos discontinuos a tiempo parcial y cooperativistas dispondrán de beneficios específicos. Mientras que para las personas desempleadas se dará una prórroga sin perder sus derechos al no poder acudir a las oficinas de empleo.
Se impulsará el teletrabajo, permitiendo adaptar o reducir la jornada laboral para el cuidado de personas a cargo hasta de segundo grado, nietos y abuelos, siendo posible una reducción del 100% de la jornada.
Opciones para los autónomos
En su caso, todos aquellos autónomos, bien sean societarios o empleadores, cuya actividad haya sido suspendida debido al estado de alarma o bien cuya facturación se haya visto reducida en un 75% en relación al promedio de facturación del semestre anterior podrán acceder a una prestación por cese de actividad, quedando también exonerados de pagar las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
Importante destacar que duraría tan sólo un mes, aunque es prorrogable en función de la posible ampliación del estado de alarma a más de 30 días. Igualmente, el tiempo de percepción del mismo se entenderá como cotizado no reduciendo los periodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pudiese tener derecho en un futuro.
El cálculo se realizará teniendo en cuenta el 70% de la base reguladora. En el caso de no alcanzar el mínimo de cotización, la cuantía equivaldrá al 70% de la base mínima correspondiente al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia.
Estas medidas económicas también reconocen la posibilidad de los autónomos a contar con avales a la financiación que serán concedidas por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos para atender las necesidades provenientes de la gestión de facturas, vencimiento de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.
Por último, se amplían en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el ICO pudiendo facilitar la posibilidad de tener liquidez adicional a empresas, pero especialmente a pymes y autónomos.
En definitiva, esto es tan sólo una pincelada de todas las medidas económicas con carácter de urgencia que ha tomado el Gobierno frente a los difíciles días que se avecinan debido al coronavirus.
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